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Servicios Ciudadanos Digitales, transformación digital estatal en Colombia 

  • Regulación para la habilitación de Servicios Ciudadanos Digitales  
  • ¿Quién se puede habilitar y qué tramitología puede realizar?  
  • Requisitos para la habilitación de Servicios Ciudadanos Digitales     
  • Acompañamiento de ReconoSER en el cumplimiento de la normativa

  • Regulación para la habilitación de Servicios Ciudadanos Digitales  

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) emitió la Resolución 001951 a través de la cual se establece la regulación para la habilitación de los Servicios Ciudadanos Digitales Especiales donde se busca brindar soluciones con nuevas ofertas de valor. 

La ministra TIC, Carmen Ligia Valderrama Rojas, indicó, que “con esta normativa se busca establecer los requisitos, condiciones y trámites que las personas jurídicas de derecho privado deben cumplir para ser habilitados para la prestación de servicios ciudadanos digitales especiales” 

  •  ¿Quién se puede habilitar y qué tramitología puede realizar?

Se podrán habilitar únicamente personas jurídicas de derecho privado, durante 5 años y sin ningún costo. Además, las personas jurídicas privadas habilitadas podrán prestar Servicios Ciudadanos Digitales Especiales siempre y cuando brinden como mínimo uno de los siguientes dos Servicios Ciudadanos Digitales Base: Autenticación Digital o Carpeta Ciudadana Digital. 

Uno de los ejemplos expuestos por la ministra es el desarrollo de una billetera digital para recepción de subsidios económicos del Departamento para la Prosperidad Social en la carpeta digital. 

En este proceso, un ciudadano se autentica por el servicio base de autenticación digital ofrecido por el gobierno y accede a la carpeta ciudadana vinculando la billetera digital creada por una entidad privada donde se trae grandes beneficios para el estado, la empresa privada y el ciudadano. 

  •   Requisitos para la habilitación de Servicios Ciudadanos Digitales     

Los prestadores de servicios ciudadanos digitales especiales habilitados deberán garantizar que los datos, la información y el cobro requeridos a los usuarios deberá ser proporcional, razonable, equivalente y necesario para la prestación del servicio ciudadano digital ofertado. 

Así mismo, los prestadores de servicios ciudadanos digitales especiales deben contar una estrategia de seguridad digital en la que se integren principios, políticas, procedimientos, guías, manuales, formatos y lineamientos para la gestión de la seguridad de la información digital. 

  • Acompañamiento de ReconoSER en el cumplimiento de la normativa 

En ReconoSER Id se garantiza la seguridad en el intercambio de información y se incluye dentro del modelo la utilización de certificados digitales y de estampa cronológica. Por medio de los certificados digitales es posible que las entidades que participan en el intercambio de datos se autentiquen (prueba de identidad) y así mismo que firmen digitalmente los mensajes que envían ( que ofrezcan los servicios de autenticación de mensaje, confidencialidad e integridad).  

Para conocer más sobre la vinculación de este tipo de servicios, invitamos a nuestros lectores a contactarnos a través de nuestros canales, página web, número telefónico o redes sociales.  

Por Sofy Lorena Vargas Serna

Bibliografía

Gobierno Digital, (2022), Servicios Ciudadanos Digitales, Gobierno Digital

https://gobiernodigital.mintic.gov.co/portal/Iniciativas/Servicios-Ciudadanos-Digitales/

MINTIC, (2022), El Ministerio de las TIC establece la regulación para la habilitación de los Servicios Ciudadanos Digitales, MINTIC

https://www.mintic.gov.co/portal/inicio/Sala-de-prensa/Noticias/211009:El-Ministerio-TIC-establece-la-regulacion-para-la-habilitacion-de-los-Servicios-Ciudadanos-Digitales-Especiales